El cabo Elpidio Antonio Acosta deberá cumplir presentación periódica, impedimento de salida y una garantía económica de RD$400,000.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.– La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso medidas de coerción contra el cabo de la Policía Nacional, Elpidio Antonio Acosta, imputado por la muerte involuntaria del teniente coronel retirado Carmelo Polanco, ocurrida en el sector La Ciénaga.
El tribunal dispuso una garantía económica mediante contrato por RD$400,000, presentación periódica e impedimento de salida del país, luego de evaluar las evidencias presentadas por el Ministerio Público.
La institución había solicitado prisión preventiva contra el agente, quien fue arrestado en flagrante delito tras el incidente en el que resultó herido de bala el oficial retirado, quien posteriormente falleció mientras recibía atenciones médicas.
Según las investigaciones, el hecho ocurrió la noche del pasado 10 de mayo mientras la víctima compartía junto a familiares durante una celebración en el sector La Ciénaga. El imputado formaba parte de una patrulla de la unidad Topo, integrada además por otros agentes policiales que realizaban labores de búsqueda de un presunto delincuente en la zona.
De acuerdo con el expediente, al pasar frente a la vivienda donde se desarrollaba la actividad familiar se escucharon dos detonaciones provenientes del vehículo policial, resultando herido el teniente coronel retirado Carmelo Polanco.
Tras el incidente, los agentes trasladaron a la víctima al Hospital Docente de la Policía Nacional, donde fue sometido a una intervención quirúrgica, pero posteriormente falleció a consecuencia de la herida.
El Ministerio Público indicó que el imputado entregó voluntariamente su arma de reglamento y manifestó que el disparo ocurrió mientras manipulaba dicha arma.
Las investigaciones técnico-científicas establecieron que el disparo salió desde el interior del vehículo policial y análisis de balística confirmaron coincidencias entre el proyectil extraído del cuerpo de la víctima y el arma asignada al agente.
El caso fue calificado provisionalmente por el Ministerio Público como homicidio involuntario, en violación al artículo 319 del Código Penal Dominicano.


